Se elimina IVA e ISD para importar equipos de generación y almacenamiento eléctrico

Se elimina IVA e ISD para importar equipos de generación y almacenamiento eléctrico

Desde el 6 de octubre de 2026, las empresas privadas que importen equipos destinados a proyectos de generación hidroeléctrica y sistemas de almacenamiento de energía podrán hacerlo sin pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) ni el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).

La medida busca reducir el costo inicial de las inversiones privadas en infraestructura eléctrica y acelerar la incorporación de nueva capacidad de generación al sistema nacional. De acuerdo con el secretario general de la Administración Pública, José Julio Neira, ambos tributos representaban una carga equivalente al 20% del costo de los equipos: 15 % correspondiente al IVA y 5 % al ISD.

Según explicó el funcionario, uno de los problemas identificados era que las empresas asumían estos impuestos al importar los equipos, mientras que la energía vendida al Estado se comercializaba con tarifa 0 % de IVA. El Gobierno sostiene que esta diferencia restaba atractivo económico a determinados proyectos privados de generación.

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El anuncio forma parte de una hoja de ruta acordada entre el Gobierno y representantes del sector empresarial. La administración señaló que la reducción tributaria busca facilitar nuevas inversiones y ampliar la participación privada en la generación eléctrica, en un contexto en el que Ecuador enfrenta un periodo de estiaje y requiere fortalecer su capacidad de abastecimiento.

A la reducción de impuestos se suma una agilización de los procesos para nuevos proyectos. El Gobierno informó que desde junio se han emitido 12 certificados habilitantes para iniciativas fotovoltaicas y que los tiempos de tramitación para proyectos de autogeneración se han reducido de alrededor de 18 meses a tres meses, según las declaraciones oficiales.

Con estas medidas, el Ejecutivo busca facilitar tanto la inversión en nueva infraestructura como la autogeneración de electricidad por parte de empresas. No obstante, la exoneración tributaria corresponde a la fase de importación de los equipos, mientras que cada proyecto deberá cumplir posteriormente con sus procesos técnicos, ambientales y de conexión para entrar en operación. (I)

 

Fuente: El Mercurio