Para esto se trabaja con cuatro entidades estatales a las que las empresas declaran su información: Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; Superintendencia de Bancos, Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria y Servicio de Rentas Internas. La información se presenta en función al siguiente detalle: Consideraciones importantes En el caso de las empresas no financieras y aseguradoras la fecha de corte es el 6 de julio de 2020. En el caso de bancos, la fecha de corte es 31 julio 2020. En el caso de Mutualistas y Cooperativas, Segmento 1 y 2, la fecha de corte es julio de 2020. En el caso de entidades no financieras se manejó la información de la base bruta de empresas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, presentada por rama de actividad. La información presentada corresponde al año fiscal 2019 en los cierres que se presentaron a las entidades de control. Ante las afectaciones de la pandemia, en este año, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros prorrogó la entrega de la información financiera del 30 de abril al 30 de junio. Esto ha generado retrasos en el reporte de las empresas y la homologación de la información. A la fecha de corte, para armar el Rk Empresarial todavía no se contaba con una base homologada representativa en la Superintendencia de Compañías. Por este motivo se tuvo que trabajar con la base bruta que se carga automáticamente en base al reporte de cada compañía, la cual se presenta por rama de actividad. Sin embargo, la base bruta de la Superintendencia de Compañías tiene la particularidad de mantener empresas que reportan bajo el formato NIIF y bajo el formato NEC, por lo que después de descargar la información se identificó a las empresas que reportaban en un formato diferente para homologar los códigos de las cuentas que se toman en el Rk. Ante ese contexto, se tomó la siguiente regla para las cuentas de Ingresos y Utilidades: Ingresos totales formato NIIF,Cuenta 6999; cuenta NEC 401 Utilidades antes de impuestos y participaciónde trabajadores,Cuenta NIIF 801 802; Cuenta NEC 600. Impuesto a la Renta Causado Formato NIIFCuenta 850; cuenta NEC 603. La información presentada corresponde al año fiscal 2019 en los cierres que se presentaron a las entidades de control. La variable que se utilizó para la generación del presente listado es la de Ingresos Totales. La información de 2019 se cruzó con el Rk 1000 del año anterior para identificar empresas faltantes. Esto puede darse debido a que algunas entidades (empresas no financieras) no presentaron su declaración a la Superintendencia de Compañías o se crearon en 2019 (o finales de 2018), principalmente. La información se tomó de las entidades de control ya que es a la que las empresas declaran. A las empresas que formaron parte del Rk 2019 y no reportaron al organismo de Control hasta la fecha de corte, se les extendió comunicaciones y solicito sus datos financieros, dando como fecha tope de envío de información el 21 de agosto de 2020.En el caso de las Utilidades se manejan los resultados antes de impuestos y participación de trabajadores (las que el negocio generó antes de deducciones y otras herramientas contables) para todas las entidades, financieras y no financieras. En el caso de empresas que han tenido pérdidas, o el campo de utilidades se encuentra en 0, el campo correspondiente se encuentra con un “-“ Para Impuestos, se toma en cuenta el Impuesto a la Renta Causado, si bien existe el caso en varias empresas en el que el anticipo al Impuesto a la Renta es superior al Impuesto Causado y se termina pagando el anticipo como impuesto mínimo, por su forma de cálculo no se puede considerar al anticipo como un impuesto a la Renta Causado. Para mantener un criterio homologado en el ranking y que se pueda realizar la comparación entre las diversas empresas, se consideró mantener el dato de Impuesto Causado publicado y reportado en el casillero correspondiente del formulario de la Superintendencia de ompañías o del SRI, según sea el caso. De esta forma, a no ser que en el proceso de validación, las empresas consultadas presenten justificaciones respaldadas en sus declaraciones de impuestos, se toma el campo correspondiente de Impuesto a la Renta Causado que consta en la base de la Superintendencia de Compañías o en el SRI. Para la comparación con el año anterior, en todos los casos se utilizaron las mismas cuentas, a fin de estimar la variación que se dio en relación al ejercicio fiscal 2018.