<img src="especiales/images/264/84.png" /><br /> <br /> <img src="especiales/images/264/841.png" /><br /> <br /> Para llegar a la base de cálculo del impuesto a la renta, al resultado financiero se efectúan ajustes de tipo tributario. Existe un nuevo formulario, en el que se presenta la información contable basada en las normas internacionales de información financiera.<br /> <br /> Partiendo del resultado financiero, se calcula la participación a trabajadores, que es el gasto deducible. Se restan los ingresos exentos que constan expresamente en la Ley de Régimen Tributario Interno. Como ingresos exentos constan: dividendos recibidos de compañías ecuatorianas y rendimientos financieros originados en deuda pública ecuatoriana.<br /> <br /> Para efectos tributarios, en el 2015 entró en vigencia la aplicación de los impuestos diferidos y en diciembre 2015, se emitió una circular que recuerda a los contribuyentes el siguiente procedimiento tributario:<br /> <ul> <li>Ningún concepto considerado no deducible hasta el año 2014, podrá deducirse en ejercicios posteriores.</li> <li>Solo los conceptos señalados en el Reglamento, tomados como no deducibles a partir del año 2015, podrán deducirse en ejercicios posteriores.</li> <li>Se registran activos por impuestos diferidos a partir del año 2015.</li></ul>Sobre la base imponible se aplica la tarifa:<br /> <ul> <li>22% general.</li> <li>25% si el accionista está en paraísos fiscales o sobre la parte de accionistas no reportada.</li> <li>Se reduce 10 puntos porcentuales</li> <li>al aplicar reinversión.</li></ul><br /> <span style="font-weight: bold;">Perspectiva legal</span><br /> Sebastián Cortez, de Noboa, Peña, Larrea & Torres Abogados, comenta que uno de los aspectos legales que más interés y preocupación generan en el empresariado, es sin duda el tributario. Esto se debe no solo a las implicaciones que tiene para el ejercicio de la actividad empresarial, sino también por la responsabilidad que conlleva para la empresa, sus administradores e, incluso para los socios o accionistas.<br /> <br /> En esta materia la planificación es fundamental. Las empresas deben llevar a cabo un frecuente análisis de las variables de sus negocios y las implicaciones tributarias que generan, a la luz de la normativa tributaria vigente. Para esto, es necesario que exista un marco legal claro y previsible, algo que no ha ocurrido en el último período, haciendo que esta tarea de planificación sea más compleja. Entre diciembre de 2015 y enero de 2016 se han expedido o reformado más de 20 disposiciones de carácter tributario.<br /> <br /> Lo anterior hace que no solo una adecuada planificación sea necesaria, sino también un sistema de control interno, que evite que se exponga a la empresa a contingentes y sanciones tributarias. Para evitar lo anterior, es fundamental que exista una organización interna que (a) se encuentre debidamente informada y actualizada sobre la normativa aplicable y (b) trabaje en equipo, de forma que exista coordinación entre las distintas áreas.<br /> <br />