<div>A continuación señalamos los aspectos más importantes referentes a este procedimiento: </div> <div><br /> </div> <div><span style="font-weight: bold; ">Crédito Tributario:</span></div> <div><br /> </div> <div>Los pagos realizados por concepto de ISD en la importación de las materias primas, insumos y bienes de capital con la finalidad de que sean incorporados en procesos productivos, y que consten en el listado publicado por el Comité de Política tributaria que nos permitimos adjuntar en formato Excel para su comodidad, podrán ser utilizados como crédito tributario, que se aplicará para el pago del Impuesto a la Renta del propio contribuyente, de los 5 últimos ejercicios fiscales. </div> <div><br /> </div> <div>Cabe recalcar que los ítems que constan en el listado adjunto, serán consideradas para todo el período fiscal en que se efectúen, es decir que el ISD pagado en la importación de dichos bienes a partir del 1 de enero de 2012, podrá ser utilizado como crédito tributario para el pago del Impuesto a la Renta de este y los 4 ejercicios siguientes.</div> <div> </div> <div><br /> </div> <div><span style="font-weight: bold; ">Saldo de crédito tributario no utilizado en el ejercicio fiscal</span></div> <div><br /> </div> <div>Cuando los pagos por ISD no puedan ser utilizados, en todo o en parte, como crédito tributario para el pago del impuesto a la renta causado del ejercicio económico corriente, el sujeto pasivo de dicho impuesto podrá optar por considerar el saldo no utilizado, para aplicarlo en los siguientes 4 años. El referido crédito tributario podrá utilizarse inclusive para el pago del anticipo del impuesto a la renta del propio contribuyente.</div> <div> </div> <div>Los pagos efectuados por ISD, considerados como crédito tributario de Impuesto a la Renta causado, no utilizados al final del quinto año de generados: </div> <div><br /> </div> <div>- no son objeto de devolución, </div> <div>- ni se consideran gasto deducible, </div> <div>- ni podrán ser compensados para el pago de obligaciones tributarias. </div> <div><br /> Listado de bienes: <a href="http://www.ekosnegocios.com/negocios/especiales/documentos/listadoBienesISD.xlsx" target="_blank"><img src="http://www.ekosnegocios.com/negocios/EQUIDNA/images/descargar.PNG" /></a><br /> <br /> <br /> </div> <div><a href="http://www.tributum.com.ec" target="_blank">www.tributum.com.ec</a></div>