Entre los alimentos que mantienen el IVA 0% se encuentran productos considerados básicos o de primera necesidad, como leche en estado natural, pan tradicional, arroz, azúcar, huevos, frutas, verduras y carnes sin procesar. Estos bienes continúan exentos con el objetivo de proteger el consumo esencial de los hogares. Sin embargo, otros productos que implican algún grado de procesamiento o valor agregado sí están gravados con el 15%, lo que incide directamente en su precio final. En este grupo se incluyen alimentos preparados, productos procesados, bebidas y ciertos derivados que ya no califican como básicos dentro del esquema tributario. También puedes leer: Deuda de los hogares se consolida como uno de los principales riesgos financieros globales en 2026 De manera más específica, aquí entran productos como: Productos lácteos procesados Pulpas, jugos de fruta procesada y/o bebidas elaboradas (preparadas) como refrescos o batidos Infusiones de té o de hierbas deshidratadas Carnes de origen animal sometidos a procesos de cocción, precocción, aderezado, adobado, marinado, desmechado u otros. Sazonadores, productos alimenticios sometidos a cualquier proceso de cocción, precocción y/o aderezado, entre otros Tofu, queso de soja Galletas, rosquitas, panes industriales (de molde, de yuca, panetón), pasteles, tortas, muffins, tostadas, sánduches y otros derivados Sopas instantáneas Fideos precocidos o combinados Edulcorantes Enlatados importados de pescado Preparaciones listas con atún, como ensaladas o encebollados Aclaración del SRI sobre leche y pan El Servicio de Rentas Internas (SRI) aclaró que no todos los productos derivados de la leche y el pan están exentos del IVA, lo que ha generado confusión entre consumidores y comercios. En el caso de la leche, se mantiene con tarifa 0% cuando se trata de leche en estado natural o sin procesar. Sin embargo, productos lácteos procesados, como bebidas lácteas, yogures saborizados u otros derivados, sí pueden estar gravados con el 15%, dependiendo de su composición. En cuanto al pan, el pan tradicional o básico mantiene tarifa 0%, pero productos de panadería con valor agregado, como pan empaquetado, con rellenos o ingredientes adicionales, pueden estar sujetos al IVA del 15%. Te invitamos a leer: Mercado de valores apunta a 22 nuevos emisores en 2026 y proyecta crecimiento del mercado Esta diferenciación responde a criterios técnicos que distinguen entre alimentos esenciales y productos con mayor nivel de transformación o industrialización. El ajuste responde a la política fiscal adoptada para incrementar la recaudación, en un contexto de necesidades de financiamiento estatal. Desde el SRI se ha señalado que la diferenciación entre productos busca equilibrar la carga tributaria sin afectar en mayor medida a los bienes esenciales. Especialistas advierten que el impacto será más visible en el consumo de productos industrializados o preparados, mientras que los alimentos frescos y no procesados mantendrán su estabilidad en precios. No obstante, el traslado del impuesto puede variar dependiendo de la cadena de comercialización y los márgenes de cada negocio. La aplicación del IVA en alimentos también genera un efecto en la dinámica comercial, ya que podría incentivar cambios en los hábitos de consumo hacia productos con tarifa 0%, así como ajustes en la oferta de empresas del sector alimenticio. Fuente: SRI | Ecuavisa | Expreso | Primicias