Los sueldos, salarios mínimos sectoriales y tarifas para 22 sectores económicos para 2020, se incrementaron en 1,523% respecto a 2019. En el Registro Oficial se hizo pública la escala salarial que se aplica a los empleados privados sujetos al Código de Trabajo. La medida entró en vigencia desde el 1 de enero de 2020. Los montos se fijaron según las comisiones sectoriales y sus respectivas características ocupacionales. En todos hay un incremento. Se consideraron sectores como agricultura, pesca, minas, automotores, textiles y tecnología. El salario mínimo de un trabajador del agro, por ejemplo, pasó de USD 395,38 en 2019 a USD 401,41 en 2020. El de un fotógrafo pasó de USD 412,06 a USD 418,34. Y el de un periodista profesional pasó de USD 949,38 a USD 963,84. En el caso de artistas se calcula la tarifa mínima por presentación. La de un solista, por ejemplo, es de USD 329,51, la de una orquesta con 10 personas USD 737,91 y la de bailarines, USD 117,02. Para hacer el cálculo se toma en cuenta el incremento que se hizo al Salario Básico Unificado (SBU) para este 2020. Este fue de USD 6 más que en 2019. De este modo, el SBU para 2020 es de UDS 400. Javier Barba, abogado Laboral, explica que estos salarios son los mínimos que percibe un empleado. El salario final depende del acuerdo al que llegue el empleador con el trabajador. El empleador no puede fijar los sueldos y salarios por debajo de los establecidos. En el caso de hacerlo, la Dirección Regional de Trabajo pondrá sanciones que oscilan entre tres y veinte salarios básicos unificados. Es decir, desde USD 1.200 hasta USD 8.000. Además, el empleador deberá cumplir con el pago retroactivo de las diferencias no canceladas. Para los servidores públicos -dice Barba- el Ministerio debe sacar otra escala salarial. Mientras no lo haga sigue en vigencia la del año anterior. Pero considera que si subió el SBU se deberían también revisar los sueldos del sector público. Con información de El Telégrafo.