La resolución, que fue publicada en el Registro Oficial el 25 de mayo de 2015, señala que todas las entidades de los sectores financieros privado y popular, del público y solidario, exceptuando las sociedades financieras, deberán incorporar obligatoriamente esta medida como macro agentes del sistema de dinero electrónico, con todos los servicios que actualmente presten y los que en lo posterior llegaren a prestar.<br /> <br /> Hasta el 15 de mayo pasado se registraban 23.927 cuentas de dinero electrónico activadas en el ámbito nacional y en 361 puntos de transacción. El monto transaccionado con dinero electrónico, hasta el momento, es de USD 23.787.<br /> <br /> La Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, aseguró que aplicarán las sanciones previstas en el Código Orgánico Monetario y Financiero a las entidades sometidas a su control que incumplan con las disposiciones de la presente resolución, además, el organismo informará con inmediatez a la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.<br /> <br /> <br /> <span style="color: #222222; font-size: 8pt;">Artículo originalmente publicado por: El Ciudadano</span><br />