En los últimos años, el SRI ha fortalecido sus mecanismos de control mediante innovaciones tecnológicas como la facturación electrónica, el uso de analítica de datos, cruces automatizados con terceros, y el intercambio de información con otras Administraciones Tributarias, lo que ha permitido detectar riesgos tributarios con mayor celeridad. Entre las reformas recientes destaca el régimen de tributación aplicable a los dividendos, que introduce una retención del 12% para accionistas residentes (personas naturales), excluyendo dichos ingresos de la renta global. Si bien esta medida mejora la coherencia del sistema, persisten escenarios de doble imposición, debido a que la empresa (quien distribuye el dividendo) ya paga impuesto a la renta, y el accionista vuelve a tributar mediante la retención. Una situación comparable ocurre con la retención del 10% aplicada a accionistas no residentes cuando no existen convenios para evitar la doble imposición. Asimismo, el anticipo de utilidades no distribuidas, vigente desde 2025, podrá compensarse o solicitarse en devolución al distribuir o capitalizar utilidades; sin embargo, si no se aplica en dos ejercicios fiscales, deberá registrarse como gasto no deducible. También te puede interesar: El 52% de los impuestos provienen de los grandes contribuyentes Adicionalmente, el SRI ha unificado los procesos de declaración y pago, donde las obligaciones tributarias se considerarán cumplidas únicamente cuando hayan sido declaradas y pagadas en su totalidad. Esta medida reducirá errores operativos y permitirá una recaudación más oportuna y en tiempo real. Para el sector empresarial, este marco normativo promueve la previsibilidad, la disciplina tributaria, y también consolida la confianza en un sistema moderno, transparente y alineado con estándares internacionales.