El abogado especializado en tributación, Javier Bustos, detalla que los contribuyentes que deben cumplir con esta obligación en marzo se dividen en cuatro grupos distintos: En el primer grupo se encuentran las personas naturales que mantienen una relación laboral dependiente. Esto incluye a profesionales que prestan servicios independientes como abogados, médicos, periodistas, profesores, arquitectos o diseñadores que trabajan como autónomos. Además, aquellos que realizan actividades económicas por cuenta propia, como el alquiler de viviendas, labores agrícolas, servicios de transporte (excluyendo a los taxistas, quienes están bajo el régimen Rimpe), venta de productos por catálogo o a través de redes sociales, como los influencers. Por último, se encuentran las personas naturales clasificadas como emprendedores por el Servicio de Rentas Internas (SRI) dentro del Régimen Simplificado Para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe). También te puede interesar: ¿Desde cuándo sube el IVA en Ecuador? En el caso de los emprendedores del Rimpe, estos contribuyentes siguen una tabla de impuestos diferente al régimen general, que engloba a los grupos mencionados anteriormente. Sin embargo, también deben cumplir con el pago de impuestos en marzo. Los individuos que pueden ser considerados dentro del Rimpe de emprendedores son aquellos con ingresos anuales superiores a USD 20.000 pero inferiores a USD 300.000, y cuyas actividades no pertenecen a ninguno de los dos grupos anteriores. Además, están excluidas del Rimpe actividades en áreas específicas, como contratos de construcción, urbanización, labores agropecuarias, transporte, venta de combustibles, industrias básicas y financieras, entre otras mencionadas. También se excluyen las rentas provenientes de inversiones en instrumentos financieros. Si las actividades económicas que realizó en 2023 le dejaron ingresos anuales de más de USD 11.722 al año o USD 977 al mes debe declarar en marzo de 2024 el Impuesto a la Renta, con el formulario 102, que está en el sitio web del SRI. Fuente: Primicias