<p style="margin: 0px; text-align: justify;"><br /> </p> <p style="margin: 0px; text-align: justify;"><span style="color: #000000;">En junio, la Superintendencia había notificado a 5.400 compañías aproximadamente, que estaban en Causal de Disolución por pérdidas de acuerdo a los estados financieros de 2013, presentados hasta el 31 de mayo de 2014. Esta notificación tuvo como objetivo que las compañías que fueron notificadas presenten los descargos correspondientes, en el lapso de 30 días. </span></p> <p style="margin: 0px; text-align: justify;"><br /> </p> <p style="margin: 0px; text-align: justify;"><span style="color: #000000;">De las 5.400 compañías notificadas, se considera que aproximadamente 3.400 todavía se encuentran en Causal de Disolución. Luego de la revisión respectiva de la Dirección de Control, se seleccionó a un número aproximado de 700 compañías para disolver en un primer grupo, por ser reincidente.</span></p> <p style="margin: 0px; text-align: justify;"><br /> </p> <p style="margin: 0px; text-align: justify;"><span style="color: #000000;">Por ello, si su empresa se encuentra en una situación similar, tenga en cuenta cinco pasos para reactivarla:</span></p> <p style="margin: 0px; text-align: justify;"><br /> </p> <p style="margin: 0px; text-align: justify;"><span style="color: #000000;">1. No tener obligaciones pendientes con la Superintendencia de Compañías y Valores.</span></p> <p style="margin: 0px; text-align: justify;"><span style="color: #000000;">2. Haber superado la causal que declaró la disolución.</span></p> <p style="margin: 0px; text-align: justify;"><span style="color: #000000;">3. Nombramiento del representante legal vigente. Si estuviere caducado, deberá presentar la razón de vigencia emitida por el Registro Mercantil del domicilio de la compañía. </span></p> <p style="margin: 0px; text-align: justify;"><span style="color: #000000;">4. Presentar copia del comprobante del pago efectuado en el Banco del Pacífico por los gastos generados en la publicación de la Resolución de Inactividad y Disolución.</span></p> <p style="margin: 0px; text-align: justify;"><span style="color: #000000;">5. El representante legal solicitará, por escrito, a la Superintendencia de Compañías y Valores la reactivación de la compañía, acompañando cuatro testimonios de la escritura pública de Reactivación, la misma que debe contener el acta de Junta General de socios o accionistas resolviendo la referida reactivación.</span></p>