La norma vigente establece que las empresas pueden extender un año más, es decir, por un total de dos años la reducción de la jornada. “La realidad supera a la legalidad”. Esa fue la frase que usó el exministro de Economía y Finanzas, Richard Martínez, para implementar la Ley Humanitaria en 2020, para afrontar la crisis económica agravada por la pandemia del Covid-19. La propuesta buscaba dar una salida a las empresas que vieron parar sus operaciones por el confinamiento, lo cual se tradujo en pérdidas. Según información del Ministerio de Trabajo, hasta abril de este año, 1.523 empresas y 10.150 trabajadores se mantenían con la modalidad de jornada reducida. En 2020, se registraron un total de 101.627 compañías que se acogieron a la reducción de la jornada. Si bien los plazos terminan en este mes de julio, para los trabajadores que ya cumplen dos años, las empresas nuevamente pueden acogerse a la medida en el siguiente año fiscal, es decir en el 2023, explicó Gabriel Recalde, director del Observatorio de la Política Laboral. “La ley no tiene una limitación. No tiene un período de tiempo. Es una norma que sigue siendo aplicada. Las jornadas reducidas, que ya han cumplido esas condiciones, ¿pueden volverse a renovar? Claro, en las condiciones de la Ley Humanitaria”, dijo Recalde. Pero no solo los salarios se redujeron. Los aportes al Seguro Social, décimos sueldos, vacaciones, fondos de reserva o utilidades se pagan sobre las horas de la nueva jornada. Para el abogado en materia laboral, Paúl Cáceres, la medida debería terminarse porque era para la época de pandemia. Ahora las medidas de confinamiento y restricciones ya se han levantado y las empresas ya pueden operar sin dificultades. La reforma laboral, planteada por el presidente de la República, Guillermo Lasso, proponía una reducción de la jornada laboral también. La propuesta del actual Gobierno señala que “se podrá reducir la jornada de trabajo hasta en un máximo del 50% y bajar la remuneración del trabajador en la misma proporción”. Esto será cuando el empleador reporte caída de sus ingresos mensuales. El mismo artículo del proyecto detalla que esa caída de ingresos del empleador debe ser en más de un 25% respecto del año previo a la disminución de ventas de la firma. Tmabién te puede interesar: “El mayor error de las empresas es dejar los planes en un papel por falta de acuerdos” Para Cáceres, tanto la Ley Humanitaria como la propuesta que se busca incluir en la reforma laboral son inconstitucionales porque reducen los derechos de los trabajadores. “Es obvio que se deben restituir los derechos de los trabajadores”, señaló el experto. Hay otras normas que sí se vencen en julio de este año. Por ejemplo, la que tiene que ver con las vacaciones dejará de ser efectiva desde julio del 2022. La Ley Humanitaria establece que los empleadores, durante los dos años siguientes a la publicación de esta ley en el Registro Oficial, podrán notificar de forma unilateral al trabajador con el cronograma de sus vacaciones o, a su vez, establecer la compensación de aquellos días de inasistencia al trabajo como vacaciones ya devengadas. Aquello ya no tendrá efecto. La Organización Internacional del Trabajo ha señalado que la mayor recuperación del empleo inadecuado en Ecuador y, en el mundo, se debe a la reducción salarial y la disminución de horas laborales por la crisis económica. Si bien en el país hay una recuperación del empleo, la mayoría de la población tiene un trabajo precario, que contempla categorías como el subempleo, el empleo no remunerado, otro empleo no pleno y el empleo no clasificado. Apenas el 32,7% de la población económicamente activa (PEA) tuvo un empleo adecuado en marzo del 2022, según la última Encuesta Nacional de Empleo, Desempleo y Subempleo (Enemdu) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). Otras medidas Despidos: la Ley Humanitaria también dispuso el despido por fuerza mayor. La Corte Constitucional aclaró que aplica únicamente para empresas que cierran. La disposición: la Ley Humanitaria establece que se puede reducir hasta el 50% del horario de la jornada de trabajo y hasta el 45% de la remuneración. El salario no puede ser menor al sueldo básico. Demandas: los sindicatos de trabajadores presentaron demandas de inconstitucionalidad a la Ley Humanitaria. El organismo solamente hizo algunas aclaraciones de la norma. Fuente: El Expreso